Minera HMC acude al Panel de Expertos por discrepancia con el Coordinador Eléctrico sobre proyecto Marimaca
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Minera HMC presentó una discrepancia ante el Panel de Expertos en contra del Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) respecto del Informe de Uso de Capacidad Técnica Disponible Definitivo para la conexión del proyecto Marimaca (35 MW), solicitando que se determine que el cálculo de la capacidad de diseño de la Línea 1×110 kV Mejillones–El Lince debe considerar como limitante la capacidad máxima de los transformadores de corriente del paño H2 de la Subestación Mejillones.
Como consecuencia de ello, pide que se reduzca la capacidad técnica disponible determinada para dicho sistema de transmisión dedicado, que se deje sin efecto el informe emitido por el Coordinador y que se emita una nueva evaluación sobre la viabilidad de la conexión del proyecto Marimaca.
La empresa también solicita que se declare que el reemplazo de los transformadores de corriente exigido por el Coordinador constituye una ampliación de capacidad del sistema de transmisión y que, por lo tanto, no corresponde a una obligación del propietario de una instalación de transmisión dedicada.
La discrepancia se origina luego de que el Coordinador aprobara la Solicitud de Uso de Capacidad Técnica Disponible presentada por Compañía Minera Cielo Azul para conectar el proyecto Marimaca de 35 MW a la Línea 1×110 kV Mejillones–El Lince, propiedad de Minera HMC.
De acuerdo con el informe impugnado, la solución de conexión propuesta es viable y el uso máximo esperado no supera la capacidad de diseño de las instalaciones de transmisión. Sin embargo, el Coordinador condicionó dicha aprobación al reemplazo de los transformadores de corriente asociados al paño H2 de la Subestación Mejillones, estableciendo que los nuevos equipos deberán tener una capacidad superior a 61 MVA.
Según Minera HMC, el Coordinador determinó la capacidad de diseño de la línea considerando únicamente el límite térmico permanente del conductor y excluyendo los transformadores de corriente del paño H2, pese a que estos forman parte del sistema de transmisión dedicado y constituyen una restricción efectiva para su capacidad.
La empresa sostiene que la capacidad de diseño de un sistema de transmisión debe estar determinada por el componente de menor capacidad conectado en serie. En este caso, argumenta que los transformadores de corriente limitan la capacidad del sistema a aproximadamente 57,2 MVA, por lo que la infraestructura no tendría capacidad técnica disponible suficiente para absorber los requerimientos del proyecto Marimaca.
Adicionalmente, HMC cuestiona que el reemplazo de los transformadores haya sido catalogado como una Modificación Relevante necesaria para habilitar la conexión. A juicio de la compañía, dicha intervención incrementa la capacidad de transmisión de la instalación y, por tanto, constituye una ampliación del sistema, situación que tendría un tratamiento regulatorio distinto bajo el régimen de acceso abierto de los sistemas de transmisión dedicados.
La empresa sostiene que, al requerir el reemplazo de los transformadores para permitir la conexión del proyecto, el Coordinador está reconociendo implícitamente que la capacidad actual del sistema resulta insuficiente para atender la nueva demanda.
Con estos antecedentes, Minera HMC solicita al Panel de Expertos acoger la discrepancia y modificar las conclusiones contenidas en el informe emitido por el Coordinador respecto de la capacidad técnica disponible de la Línea 1×110 kV Mejillones–El Lince para la conexión del proyecto Marimaca.












