Ordenemos, pero lentamente
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Este viernes fue publicada la ley de Protección Tarifaria Eléctrica, conocida como «Ordenemos la cuenta», en un avance necesario que afrontará desafíos que por años se han mantenido al costado de la carretera del avance legislativo. La iniciativa, en pocas palabras, busca solucionar procesos tarifarios atrasados, deudas acumuladas y cuentas eléctricas domiciliarias que reciben éste y otros embates. Pero como pasa con todas las reformas urgentes, la forma en que se implemente será tan importante como el texto publicado.
He trabajado en regulación eléctrica buena parte de mi vida y desde la jefatura del departamento eléctrico de la CNE entendí que los plazos de los procesos tarifarios no existen por capricho: sirven para que todos los actores, distribuidoras, consultores, comités y la propia Comisión, puedan ejercer sus derechos en condiciones de equidad. Cambiar esos plazos sin cuidado puede parecer agilidad, pero en la práctica genera desbalance.
El gobierno acertó en plantear tres objetivos. Bajar el impacto en los hogares, ordenar los procesos tarifarios atrasados y mejorar la calidad del servicio: el VAD 2020-2024 se publicó con 43 meses de retraso, mientras que el de 2024-2028 ya lleva 19; eso no puede seguir así. Esa urgencia es real y no debería minimizarse, ya que son los hogares, y particularmente los más vulnerables, los que hoy cargan con el costo de cuentas más altas y de un sistema que tardó años en corregir sus propios atrasos.
A ello se suma que los retrasos y la posterior aplicación retroactiva de las tarifas terminan por diluir cualquier utilidad de los precios como señales económicas: para la distribuidora, porque resulta imposible gestionar eficientemente aquello que se ajusta a un hecho pasado, y para los clientes, que no logran reconocer el valor real del producto que están consumiendo. Pero ordenar no debería significar acortar derechos.
Para las distribuidoras, esta ley tiene un efecto indirecto que incluso puede ser positivo. La renegociación voluntaria de contratos de suministro podría bajar la cuenta de los usuarios y se trata de una facultad que, en rigor, debió haber estado contemplada desde los inicios de la regulación sectorial; hasta hoy en la práctica, las condiciones de los contratos de suministro para clientes regulados solo podían revisarse a solicitud del suministrador, cuando las variables proyectadas al momento de la licitación se modificaban de manera sustancial y en perjuicio del generador; en el sentido inverso, cuando las condiciones de mercado mejoran y los costos de generación bajan, los clientes no cuentan con una herramienta equivalente para pedir esa revisión. Esa asimetría regulatoria es injusta para el consumidor e ineficiente para una transición energética que busca precios más competitivos, y es justamente lo que esta ventana de renegociación viene, al menos parcialmente, a corregir.
Sin duda, ésto último aliviaría la presión política sobre las tarifas de distribución, que en los últimos años han sido el chivo expiatorio de un problema que en realidad viene desde la generación. En simple, el 93% del alza que han sufrido los clientes de Santiago en los últimos dos años no tiene nada que ver con la distribución, pero la distribuidora es la que cobra, la que envía la boleta, la cara visible del sistema. Una cuenta más baja mejora la relación con el
cliente, y eso ayuda a todos.
Las alternativas sobre la mesa contemplan, en lo grueso, extender la duración del contrato, a cambio de un precio más bajo en el corto plazo. Luego, es razonable esperar que el ingreso del generador se mantenga en niveles comparables a los originalmente previstos, o incluso que obtenga un beneficio adicional por una relación comercial más estable. Es la lógica ganar- ganar que el marco regulatorio habilita: o el generador queda indemne en sus ingresos, o ambas partes salen mejoradas, favorecidas además por costos de generación renovable que siguen a la baja frente a los precios de licitaciones anteriores.
Con todo, este resultado ganar- ganar es hoy una hipótesis razonable, no un hecho comprobado, ya que nada garantiza que los generadores no usen su posición de mercado para extraer condiciones favorables en el mediano plazo, incluso en un escenario de precios nominalmente a la baja. Por eso la renegociación debería quedar sujeta a un escrutinio técnico de la CNE que verifique, contrato por contrato, que el balance de beneficios sea efectivamente equilibrado, y no solo declarado como tal.
Con todo, para que estas y otras negociaciones en curso se resuelvan bien, hace falta que se sienten en la mesa todos los actores relevantes. Están los generadores y las distribuidoras, que son las partes firmantes; y está la CNE, que en teoría vela por el interés de los clientes, aunque en la práctica su mandato se orienta más a la seguridad de suministro que a la optimización del precio para el consumidor. Ahí se evidencia una carencia estructural: falta un actor que represente con fuerza y de forma exclusiva el interés de los clientes finales. Hoy ese rol podría recaer en las asociaciones de consumidores, pero su capacidad técnica y presupuestaria aún es insuficiente para discusiones de esta complejidad económico-regulatoria. Será necesario evaluar cómo se fortalecen estas instituciones (o si se requiere una nueva entidad especializada) con las competencias, el personal y los recursos que estos debates exigirán cada vez con mayor frecuencia.
Ahora bien, el efecto directo es donde hay que poner aún más atención. La nueva ley le da a la CNE más tiempo para emitir su informe definitivo en los procesos tarifarios. Suena razonable, pero falta algo clave. Hoy el procedimiento funciona así: la CNE emite un informe preliminar, las
empresas y el comité presentan observaciones, y sobre eso la Comisión elabora un informe definitivo que puede llevarse al Panel de Expertos. Los plazos acotados permiten que las empresas reaccionen, argumenten, contrasten. Es un sistema de pesos y contrapesos que costó años construir. Con esta reforma, la CNE podría extender el plazo para el informe definitivo sin agregar una nueva instancia de interacción con las empresas. Los criterios llegarían al Panel prácticamente consolidados, sin que las distribuidoras hayan podido cuestionarlos en una etapa previa. Eso sesga el proceso hacia la baja sin la justificación técnica que exige la ley.
La solución no es compleja; bastaría con mandatar a la CNE a emitir un nuevo informe preliminar, sujeto a observaciones, antes del definitivo. Así se retoma el calendario con todas las etapas que la ley original estableció. Es un ajuste menor que preserva el equilibrio del proceso. Por otra parte, esto tiene un costo: agregar una etapa toma tiempo, y el país necesita respuestas rápidas frente al alza de las cuentas. Pero ese costo es acotado si se fija un plazo de observación breve y perentorio, y es menor comparado con el riesgo de arrastrar por años decisiones tarifarias mal fundadas que terminan judicializándose o revirtiéndose. La urgencia política no debería resolverse sacrificando la calidad técnica del proceso, sino comprimiendo
los tiempos de cada etapa sin eliminarlas.
Tampoco debería pasarse por alto el tema de los planes de inversión extraordinarios. La idea de mejorar la calidad del servicio es buena, pero si esos planes se financian fuera del VAD, estamos pagando dos veces la misma infraestructura. Algunos actores del sistema ya advirtieron esto en el Senado. Si esta vía se vuelve habitual, la tarifa terminará pagando los costos reales de cada empresa en lugar de los de una empresa eficiente de referencia. Y ahí sí
se acaba el modelo.
Las distribuidoras llevan años congeladas. Entre 2019 y 2024 no pudieron actualizar sus tarifas ni por inflación. La deuda acumulada supera los $850 mil millones. Puede argumentarse que, pese a ese congelamiento, las distribuidoras han sostenido márgenes razonables gracias a otras líneas de ingreso regulado, y que por tanto no ameritan mayor consideración; sin embargo, esa lectura pasa por alto que la deuda acumulada eventualmente se traspasa a
tarifa, con sus respectivos intereses, y termina pagándola el mismo cliente que esta ley busca proteger. Un sistema eléctrico sostenible necesita distribuidoras financieramente sanas, y para eso los procesos tarifarios deben ser predecibles, técnicos y equilibrados.
Por último, y quizá lo más complejo, es que aplazar ciertos procesos podría dar más tiempo a los equipos involucrados, pero no por ello significa que se alcance la meta. Esto no es una crítica a la capacidad actual de la CNE, que ha demostrado profesionalismo técnico en condiciones exigentes, sino un llamado de atención sobre el desajuste entre las nuevas atribuciones que le entrega esta ley y los recursos con que cuenta para ejercerlas. En la futura ley no existen incentivos o apoyos concretos para que esto ocurra. No hay recursos adicionales para la CNE, no hay refuerzo de equipos técnicos, no hay mecanismos de seguimiento que obliguen a cumplir. Es como darle más plazo a un corredor sin entregarle mejores zapatillas ni entrenarlo. Reforzar a la CNE no es desconfiar de su equipo, sino reconocer que se le está pidiendo hacer más con las mismas herramientas.
Las advertencias y ajustes que se plantean aquí nacen de la experiencia regulatoria, no de una modelación exhaustiva de impacto tarifario; sería valioso que, antes de la implementación reglamentaria, la propia CNE o algún centro de estudios independiente simulara los distintos escenarios (con y sin el nuevo informe preliminar, con y sin financiamiento extraordinario fuera del VAD) para dimensionar con precisión los plazos y costos reales de cada alternativa. Este texto busca poner el problema sobre la mesa; la evidencia cuantitativa que permita zanjarlo del todo, en cambio, está aún por construirse.












